10 oct 2014

ACCESO A LOS ARCHIVOS ESPAÑOLES

Foto: Robert Capa
Bienvenidos a la guía de nuestra Memoria Histórica. Empezamos recordando que este blog es para ayudar a todas esas personas que buscan a familiares, antepasados que vivieron una época convulsa en nuestro país. Nuestra motivación no es política ya que entendemos que hubieron dos bandos y que los dos cometieron represión a su manera tanto antes como después de 1936. Nosotros solo aportamos las técnicas de busqueda mas eficientes para poder entender mejor que pasó con nuestros familiares y a veces dar un punto de luz a nuestra propia memoria.   

En primer lugar, recordamos que se permite el acceso a documentos de cualquier edad, sin excepciones de tiempo y lugar. Todos tenemos libre acceso de los expedientes ya tramitados y que se encuentren en la fase de archivo central. Según (ley 16/1985, de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español).
Tambien tenemos el derecho de conocer el estado de la misma tramitación de los procedimientos en los que se tenga la condición de interesado. Reflejado en la (ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
Foto: Robert Capa
Según la ley del Patrimonio Histórico Español, los documentos que afecten a la seguridad de las personas, a su honor, intimidad y propia imagen, sólo pueder ser consultados pasados 25 años de su fallecimiento o si es desconocido el fallecimiento, pasados 50 años desde la tramitación del expediente.
Existe un acceso marcado por la condición representativa de la persona, senadores, concejales electos, senadores o diputados pueden tener acceso más libre a determinados documentos.

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